La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió una suspensión de amparo al gobernador de Nuevo León, Samuel García, en el caso del juicio político que emprende el Congreso del estado en su contra.
El recurso impide separar o inhabilitar de cargos públicos al mandatario hasta que no se resuelva el fondo de la controversia que él mismo presentó contra el procedimiento.
La suspensión fue concedida el 8 de julio, pero notificada este lunes en “lista extraordinaria de notificaciones de la sección de trámites de controversias constitucionales y de acciones de inconstitucionalidad”.

El motivo de la suspensión, según el argumento dado por la Corte, es que separar del cargo al gobernador antes de resolver el fondo de la controversia provocaría inestabilidad en las funciones de gobierno.
“Procede conceder la suspensión para que, sin suspender el procedimiento, no se ejecute ninguna determinación derivada del proceso de juicio político, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia constitucional".
“Es importante reiterar que los efectos de la suspensión no tienen como finalidad impedir que las autoridades respectivas continúen con el trámite y desahogo del procedimiento respectivo, sino únicamente paralizar la ejecución de cualquier determinación encaminada a separar a dicho funcionario de su cargo o inhabilitarlo para tal función”, indica la notificación.
El mandatario ya había obtenido una suspensión concedida también el 8 de julio por la jueza tercero de distrito en materia administrativa federal, Tania Virginia Neri Borjas, quien lo amparó al señalar que el procedimiento emprendido contra el mandatario carecía de pruebas suficientes, pues el expediente solo contenía la copia de la credencial de elector de Anabel Alcocer, dirigente estatal de Morena, que promovió el juicio, así como un recorte periodístico.
Esta misma determinación fue la que avaló la Corte, la cual, sin embargo, no suspendió el juicio de la Comisión Anticorrupción del Congreso local, pero sí le impidió ejercer medidas cautelares contra el mandatario.
“De no concederse (la suspensión) en los términos precisados, se afectaría la continuidad en el ejercicio de las funciones de gobierno del titular del ejecutivo estatal, lo que podría generar un daño de difícil reparación frente a una sentencia estimatoria, pues el tiempo de no ejercicio del cargo de elección popular no es recuperable".
“Además, con esta medida se salvaguarda el normal desarrollo de la administración pública estatal, así como el adecuado ejercicio de las funciones que corresponden a su titular”, indica el procedimiento.
Fue el 13 de junio pasado cuando la Comisión Anticorrupción presidida por la priista Armida Serrato Flores aprobó el juicio promovido por Alcocer, quien acusa al mandatario de desvío de recursos a favor del despacho legal de su papá y lo cual, según la quejosa, se habría cometido a través de proveedores.
“Con el otorgamiento de la suspensión en estos términos, no se afectan la seguridad y economía nacionales, ni las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano, puesto que únicamente se pretende preservar la materia del juicio, asegurando provisionalmente la situación jurídica, el derecho o el interés de la parte actora y evitar que se le cause un daño irreparable, respetando los principios básicos que rigen la vida política y social”, indica la suspensión.