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Publican en POE regulación de preventas; buscarán más candados

Por: Maguelsy Caballero

20 Enero 2026, 17:15

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Las reformas fueron al Código Civil estatal y establecen que inmobiliarias deberán contar con permisos municipales, fianzas y contratos formales para ofrecerlas

Publican en POE regulación de preventas; buscarán más candados

Después de un mes de su aprobación, la ley que regula las preventas inmobiliarias fue publicada en el Periódico Oficial del Estado y entrará en vigor en marzo, eliminando figuras como la oferta de compra y estableciendo que toda adquisición de inmuebles no construidos deberá catalogarse únicamente como preventa.

Las reformas fueron al Código Civil de Nuevo León y establecen que las inmobiliarias deberán contar con permisos municipales, fianzas y contratos formales para ofrecer preventas, con el objetivo de evitar fraudes y prácticas irregulares, sin embargo, buscarán más reformas como sanciones a inmobiliarios que no entreguen en tiempo y forma.

“Hoy damos un gran avance en el código civil para regular las ofertas de compra para que todos se mantenga como una preventa y que todo se mantenga que tenga que tener un permiso municipal que haya perdido una tierra de por medio que haya perdido una fianza para el desarrollador pueda respaldar todos sus gastos y creo que aquí lo más importante es que ya no nos van a vender aire, ya no nos van a vender ideas ya no nos van a vender proyectos en render y creo que con eso nos vamos a ver favorecidos quienes pues nos gusta andar buscando cómo poder tener algún tipo de ganancia a través de las preventas.

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“Como lo he venido manifestando mi esposa y yo desgraciadamente tenemos la desgracia de tener tres departamentos en esa situación en donde no nos han entregado en los tiempos establecidos en el contrato, pero al final pues es difícil de litigar porque no se hace a través de una venta o una preventa se hace a través de una oferta de compra de contrato y eso estaba fuera de la ley”, dijo Carlos de la Fuente.

La ley también prohíbe intermediarios y establece que únicamente el desarrollador del proyecto podrá realizar la venta del inmueble, además de fijar requisitos obligatorios en los contratos de preventa.

“El problema es que ellos le daban la vuelta a la ley a través de la oferta de compra y ahí es donde ellos se hacían omisos de las responsabilidades legales, un tema más que vamos a tener ventaja es que ya no podrá haber un intermediario y un desarrollador.

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“Porque pasaba que te vendía un empleado o uno de los socios normalmente no era ni siquiera de los socios uno de los empleados o un o una agencia de ventas de inmuebles y el desarrollador era otro completamente diferente ahora quien te puede vender es quien esté desarrollando el proyecto”, agregó el diputado.

 Así mismo, el desarrollador está obligado en notificar si se le venció la licencia de construcción o si se le niega la autorización del proyecto de ventas y en estos casos el oferente podrá revocar la oferta y se le deberá de regresar todo lo depositado, más un interés del 9% anual y tendrá 60 días naturales para devolver el monto. 

En dado caso que la inmobiliaria construya y por motivos imputables no entregue el bien inmueble deberá de cumplir con todo lo anterior además de que será acreedor a sanciones por incumplir con su contrato. 

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El decreto indica que la ley entrará en vigor 60 días naturales después de su publicación en el periódico oficial, por lo cual será el 17 de marzo que estas leyes comiencen a aplicarse y no es retroactiva.

Por otra parte, se está contemplando hacer más modificaciones para que se sancione a los desarrolladores que no entreguen los inmuebles en tiempo y forma.

“Estamos trabajando principalmente recordaremos un tema que habíamos incluido en una reserva para poder avanzar en ese tema que hay que sancionar a los empresarios que no entreguen en tiempo y forma”, agregó Carlos de la Fuente.

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Además, se impulsará la afirmativa ficta en la entrega de regímenes de condominio cuando los municipios incumplan los plazos establecidos.

“Hay que hacer una reforma a la ley de este desarrollo urbano para que tengamos una afirmativa ficta en el tema de los regímenes de condominio.

“Porque la administración de Monterrey de Movimiento Ciudadano se llegó a tardar de 24 a 36 meses en darles ese requisito y por eso quebraron muchas de las empresas de edificios que no le entregaron los departamentos en tiempo y forma a sus pre-comparadores, no fue necesariamente por un error del desarrollador fue por un error claro y contundente de la secretaria de desarrollo urbano que estaba en el inicio de la administración”, agregó Carlos de la Fuente.

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