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Prohíbe NL fogatas forestales y prender carbón en zonas serranas

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Esta 'veda de fuego' se aplica por tercer año consecutivo y tiene la finalidad de reducir los incendios forestales en la entidad

Al señalar que el “panorama no pinta bien”, la Secretaría de Medio Ambiente del estado nuevamente prohibió las fogatas forestales y el prender carbón para asar carne asada en zonas serranas, lotes baldíos mayores a 1,000 metros cuadrados o de 500 metros cuadrados cuando tengan vegetación nativa. 

Esta “veda de fuego” se aplica por tercer año consecutivo y tiene la finalidad de reducir los incendios forestales, sobre todo en este año en que, según las autoridades ambientales, podría llover menos y hay más probabilidades de incendio dado que la masa vegetal es abundante por las lluvias del año pasado y a la resequedad del invierno.

A quien no obedezca esta restricción y provoque algún incendio, advirtió la dependencia encabezaba por Alfonso Martínez Muñoz, se le aplicarán sanciones económicas y hasta 14 años de cárcel.

Esta medida, de acuerdo con Martínez Muñoz, ha dado beneficios como el que se reduzcan en más de 90% las áreas afectadas por últimos tres años.

El decreto de veda fue publicado en el periódico oficial del estado el miércoles por la noche y detallado la mañana de este jueves por el funcionario en la conferencia, Nuevo León Informa.

“El proyecto que se ha anunciado hoy sobre la veda del fuego es un instrumento que firma el gobernador del estado, es único a nivel nacional y ha sido muy efectivo para reducir el impacto de los incendios forestales. 

“Se publica este decreto que tiene validez para todo el año, primero se establecen zonas de veda para uso de fuego en todos los ecosistemas forestales, así como en los lotes baldíos mayores a mil metros cuadrados o 500 metros que tengan vegetación nativa”, indicó Martínez Muñoz.

Datos oficiales indican que en el 2021, los incendios forestales devastaron 32,793 hectáreas de bosque en Nuevo León; en el 2022 fueron 11,986; en 2023, se contabilizaron 3, 331 hectáreas y en el 2024, sólo 2,411.

Esto significa que en del 2021 a 2024 la reducción fue de 93% y de 2023 al 2024 de 28 por ciento. 

En el decreto, se establece que prender fuego para preparar comida, entre lo que puede entrar el encender carbón para hacer carnes asadas, en los espacios ya mencionados, también hay restricción.

“Se prohíbe el uso de fuego en las zonas de veda a que se refiere el numeral anterior en las siguientes modalidades: fogatas a cielo abierto para recreación, preparación de alimentos, chamusco de nopales y maguey, festejos campestres y demás de naturaleza semejante a las enunciadas.

“También las quemas controladas para la preparación de forrajes para el ganado, el mantenimiento de caminos y brechas de conducción eléctrica, los esquilmos agrícolas en áreas aledañas a zonas con vegetación, y basura o desperdicios contaminantes. 

“Actividades recreativas como encender cualquier tipo de globo aerostático que para su manejo deba utilizarse el fuego, y encender cualquier tipo de fuego que pudiera poner en riesgo a los seres vivos, al medio ambiente y los recursos naturales”, señala el decreto.

A quien ocasione un incendio, se le puede castigar con hasta nueve años de prisión, pero subir a 14 en caso de que sea una área natural protegida.

“Como parte de las sanciones, en el decreto señala que como en el Código Penal se establece una sanción de uno a 9 años de prisión a quien provoque un incendio y si se trata de una zona forestal la pena y sanción aumenta hasta en una mitad; y en caso de afectar un área natural protegida aumenta 5 años, con una multa hasta de mil cuotas”, señaló Martínez Muñoz.


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