Diputados aprueban ampliar definición del delito de abuso sexual
La Cámara de Diputados de México aprobó por unanimidad una reforma para ampliar la tipificación penal del delito de abuso sexual, estableciendo que el silencio o la ausencia de resistencia por parte de la víctima no podrán interpretarse como una forma de consentimiento.
Con el respaldo de 431 legisladores, el Congreso avaló modificaciones a los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, con el propósito de extender la definición de esta conducta delictiva y establecer nuevas sanciones.
En un comunicado, la Cámara Baja señaló que el texto actualizado precisa que incurre en este delito quien, sin contar con el consentimiento de la víctima y sin intención de llegar a la cópula, realice en espacios públicos o privados cualquier acto de índole sexual, la obligue a presenciarlo o a ejecutarlo sobre sí misma, para un tercero o para el propio agresor.
La reforma establece que se considerarán como actos sexuales los tocamientos, caricias, roces corporales, así como exhibiciones o representaciones sexuales de carácter explícito.
Consentimiento no podrá asumirse por silencio o pasividad
De igual forma, no se entenderá que existe consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o afectada por violencia, intimidación, engaño, amenazas, abuso de confianza, autoridad o cualquier situación de vulnerabilidad.
En este sentido, se determinó que el consentimiento no podrá presumirse a partir del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima, según destacó la Cámara de Diputados tras aprobar la iniciativa presentada en su momento por la presidenta Claudia Sheinbaum, la cual será enviada al Ejecutivo federal para su trámite constitucional.
Las sanciones previstas por este delito contemplan penas de entre tres y siete años de prisión, además de la obligación para las personas sentenciadas de asistir a talleres de reeducación con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres, o bien, realizar servicio social en favor del Estado.
Estas nuevas penas han generado críticas por parte de algunos legisladores de oposición y aliados del Gobierno, quienes señalaron que los periodos de condena podrían representar una disminución respecto a los previamente establecidos, que alcanzaban hasta diez años de cárcel.
Se refuerzan agravantes y sanciones
La reforma también contempla fortalecer agravantes en este tipo de delitos, como la presencia de violencia física, psicológica o moral, así como cuando exista entre agresor y víctima una relación de confianza sentimental o algún vínculo de parentesco.
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), una de cada cinco mujeres en México ha experimentado algún tipo de violencia en espacios públicos; sin embargo, el 92 % de los casos no son denunciados.