¿Habrá ley seca el 2 de junio en Nuevo León por elecciones?

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La ley seca es una medida que limita la venta de alcohol durante eventos importantes, como las elecciones, para mantener el orden público.

A medida que nos acercamos a las elecciones del 2 de junio de 2024, donde se elegirán varios cargos, incluyendo el de presidente de la República, surge una pregunta común entre los ciudadanos: ¿Habrá ley seca durante la jornada de votaciones? Aquí te ofrecemos todos los detalles sobre esta medida.

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 300, establece que se puede "limitar" el horario de venta de bebidas alcohólicas. Según este texto oficial, la llamada ley seca puede aplicarse "el día de la elección y el precedente", es decir, el día previo a la jornada electoral.

"El día de la elección y el precedente, las autoridades competentes, de acuerdo a la normatividad que exista en cada entidad federativa, podrán establecer medidas para limitar el horario de servicio de los establecimientos en los que se sirvan bebidas embriagantes", dicta la ley.

La implementación de la ley seca durante las votaciones es una práctica recurrente en México. En las elecciones de 2018, varios estados adoptaron esta medida, prohibiendo la venta de bebidas alcohólicas durante la jornada electoral. Además, se ha prohibido la venta de bebidas embriagantes en otros eventos, como Semana Santa, en algunas alcaldías de la CDMX y otros estados.

¿Habrá ley seca en Nuevo León durante las elecciones?

En Nuevo León, desde el pasado fin de semana, autoridades municipales han informado a través de las direcciones de Alcoholes y Espectáculos sobre la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas. 

La medida se aplicará desde las 00:00 horas del sábado 1 de junio hasta las 24:00 horas del domingo 2 de junio de 2024.

Durante las fechas y horarios previamente establecidos, los establecimientos que se dedican principalmente a la venta de bebidas alcohólicas, incluyendo cantinas, bares, centros nocturnos, discotecas, así como las áreas de bar en restaurantes, deberán mantener sus puertas cerradas. Esta medida se basa en lo estipulado en el artículo 28 de la Ley Electoral para el Estado de Nuevo León y el artículo 60, fracción VIII, de la Ley para la Prevención y Combate al Abuso del Alcohol y de Regulación para su Venta y Consumo en el estado de Nuevo León.

Cabe mencionar que esta ley seca incluye la prohibición de compra de alcohol por servicio a domicilio o para llevar.

Multas por no cumplir la ley seca

En Nuevo León, si no se acata la ley seca, las multas pueden ser bastante severas. Según el artículo 60 de la Ley para la Prevención y Combate al Abuso del Alcohol y de Regulación para su Venta y Consumo en el Estado de Nuevo León, las sanciones pueden incluir:

Multas Económicas: Los montos pueden variar dependiendo de la gravedad de la infracción, pero las multas pueden oscilar entre los 24,000 hasta los 74,000 pesos.

Suspensión Temporal de Actividades: Los establecimientos que infrinjan la ley pueden enfrentar una suspensión temporal de sus actividades comerciales.

Clausura Definitiva: En casos más graves o de reincidencia, los establecimientos pueden ser clausurados de forma definitiva.

Además, los responsables de los establecimientos pueden enfrentar sanciones administrativas adicionales y el retiro de sus licencias para operar. Es importante que todos los establecimientos cuyo giro principal sea la venta de bebidas alcohólicas cumplan con las disposiciones de la ley seca para evitar estas consecuencias.


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