Esto deberán pagarte si trabajas en Navidad y Año Nuevo

Los trabajadores que laboren el 25 de diciembre y el 1 de enero, días de descanso obligatorio, deberán recibir el doble de su sueldo, más la prima dominical

El domingo 25 de diciembre y el 1 de enero son días de descanso obligatorio, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, por lo que si en tu trabajo te solicitaron acudir a laborar en alguna de esas fechas deberás de recibir un pago extra y aquí te decimos cuánto deberás de recibir.La Ley Federal del Trabajo señala en su artículo 71 que si el descanso obligatorio llega a caer en domingo, el patrón deberá cubrirle al empleado el pago de la prima dominical, que corresponde a un 25% adicional, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.Pero si por alguna razón trabajas en una de esas profesiones u oficios que no paran los 365 días del años, debido a la importancia de sus tareas para la sociedad, como en hospitales, estaciones de policía, por mencionar algunos, y tu patrón te pidió trabajarlo deberá pagarte tu salario diario, más el doble de este por ser un día no laborable, y la prima dominical. A continuación un ejemplo de cómo debes de calcular lo que te deben de pagar por trabajar en un día de descanso obligatorio.Suponiendo que tu salario diario es de 300, entonces tu patrón de deberá pagar lo siguiente:$300 (tu salario diario normal) + $600 (el doble del salario por trabajar un día no laboral) + 75 (prima dominical: el 25% de tu salario diario) = $975 por cada uno de los días trabajados en un día de feriado.En caso de que tu centro de trabajo incumpla, ponte en contacto con la PROFEDET a través de su página de Facebook para recibir asesoría legal gratuita o llama al 800 911 78 77 y 800 717 299 42 desde cualquier parte de la República mexicana.


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