Amparan a alumna para ir a la secundaria con el pelo azul

Por el derecho a la libre personalidad, una jueza le otorga un amparo a una alumna de secundaria que le prohibieron entrar al plantel con el pelo teñido de azul

Una estudiante de secundaria presentó un juicio de amparo, luego de que le prohibieran acceder al plantel educativo por teñirse el cabello de color azul.

El Juzgado Segundo de Distrito en Zacatecas le otorgó protección de la justicia federal a la alumna, cuya identidad se mantiene anónima.

La jueza María Citlallic Vizcaya Zamudio determinó que la prohibición vulneraba el derecho de la alumna al libre desarrollo de la personalidad, y concedió el amparo basándose en el "Test de Proporcionalidad" y los artículos 1º y 3º constitucionales.

Las autoridades escolares le habían impedido a la alumna a continuar sus estudios al considerar que el tinte azul en su cabello infringía el reglamento interno, el cual exigía un "corte de cabello natural y sin tinte". 

La jueza destacó que la restricción injustificada del derecho a la personalidad, basada en imponer un patrón estético, se considera inconstitucional.

El fallo se respalda en jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), subrayando el derecho de cada individuo a elegir libre y autónomamente su proyecto de vida, derivado de la dignidad humana. 

La jueza afirmó que la apariencia física de los alumnos no afecta sus conocimientos, aptitudes y competencias educativas, destacando la prevalencia del respeto al libre desarrollo de la personalidad.

Aunque la jueza no amparó a la estudiante respecto al presunto bullying de la directora y subdirector, al no tener pruebas suficientes.


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