Lo absuelven tras tener relaciones con su hija: ¿por qué?

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La legislación española no tipifica al incesto como un delito, a menos que haya violencia o involucre a menores de edad.

Escuchar que un hombre que tuvo relaciones sexuales con su hija fue absuelto por la justicia puede resultar indignante, pero detrás existe un motivo impactante: el encuentro sexual fue ¡consensuado!

El caso fue dado a conocer por medios locales en España después de que el Tribunal de Justicia de Canarias ratificó la absolución a un hombre acusado de abusar de su hija mayor de edad después de que la Audiencia Provincial de Tenerife se pronunciara de idéntica manera.

El argumento legal fue que ambos eran mayores de edad y presuntamente el padre no obligó a su hija a mantener dichos encuentros.

En el 2019, el padre convence a su hija de 19 años que vive en Venezuela de irse vivir con él en las Islas Canarias.

Según se refiere, el primer encuentro sexual se dio después de que ambos acudieron a un bar para ingerir bebidas alcohólicas, la hija se quedó dormida y el papá tuvo relaciones con ella.

No obstante, tanto la Audiencia Provincial como el TSJC indican que al no ser la joven menor, ni detectarse dependencia, vulnerabilidad "manifiesta" o prueba alguna de esa relación tras haber ingerido alcohol como denunció ella, se estaría ante un "atípico penal".

De hecho, se llega a afirmar que la relación de superioridad no es del padre sobre la hija, sino al revés, tal y como puso de relieve el informe psicológico elaborado por un forense en el que se demostró que era ella quien tenía una personalidad firme y dominante al contrario que el hombre.

El padre negó haber llevado a cabo este abuso y menos aún que se lo contara, como aseguró la joven, a lo que se uniría el hecho de que no existe prueba alguna ni testigo de que así ocurriera.

Por su parte, la joven admitió que su padre le propuso tener estas relaciones pero ella no quiso.

El "romance" terminó cuando la joven inició una relación sentimental con otra mujer y después se casó con ella.

Las acusaciones sostuvieron sin éxito que aunque no hubo violencia o intimidación, la hija se vio empujada a consentir los abusos a causa de la situación de dependencia económica que mantenía con su padre.

La legislación española no tipifica al incesto como un delito, a menos que haya violencia o involucre a menores de edad. Por este motivo la autoridad no consideró el caso como una violación.


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