La semana pasada un par de jóvenes que tuvieron relaciones sexuales a bordo de un teleférico en Ecuador, estuvieron en el ojo de la opinión pública después de que el video del momento se viralizó. Sin embargo, la protagonista decidió romper el silencio y envió un duro mensaje a quien difundió las imágenes en redes sociales.
Como ha pasado en otras ocasiones en donde la imagen de las personas queda al "desnudo", tras ser expuestos en redes sociales, la mujer se vio obligada a cerrar sus cuenta de Facebook, sin embargo, se llenó de fuerzas y mucho valor para enviar un mensaje.
"Me llené de fuerzas y mucho valor de que no hay que darse por vencidos porque hoy me pasó a mi y mañana quien sabrá a quien", se lee en un mensaje en Tiktok.
La joven identificada solo como Tatiana también advirtió que las personas que difundieron las imágenes en redes sociales tendrán que rendir cuentas legalmente.
"A las personas que tacharon de manera irresponsable mi imagen, tendrán que rendir cuentas a las leyes e ir a juicios penales e incluso a la cooperativa, solo pido a Dios fuerzas y mucho valor para avanzar en mi vida", continúa.
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La mujer compartió otro video para pedir a la gente que detenga sus burlas ya que asegura "no está siendo fácil asimilar toda esta situación".
"Solamente me escriben al ig (Instagram) para mofarse de la situación, también soy ser humano y cometo errores ya basta por favor", escribe la joven al pide del video acompañado de emoticones llorando.
Por su parte, el consorcio Aerosuspendido Guayaquil, operador del Sistema de Transporte Aerovía aseguró que el personal involucrado en la difusión del video ya no forma parte de la plantilla laboral.
Pareja no cometió ningún delito
Pese a ser duramente señalados por tener intimidad en un lugar público, la pareja no cometió ningún delito ya que no existe un artículo en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) que sancione estos actos.
Sin embargo, la o las personas que difundieron el video podrían enfrentarse a prisión.
Lo anterior según está estipulado en el artículo 178 del COIP que señala lo siguiente:
"La persona que, sin contar con el consentimiento o la autorización legal, acceda, intercepte, examine, retenga, grabe, reproduzca, difunda o publique datos personales, mensajes de datos, voz, audio y vídeo, objetos postales, información contenida en soportes informáticos, comunicaciones privadas o reservadas de otra persona por cualquier medio, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. No son aplicables estas normas para la persona que divulgue grabaciones de audio y vídeo en las que interviene personalmente, ni cuando se trata de información pública de acuerdo con lo previsto en la ley".