Los trabajadores de Altos Hornos de México podrían recuperar alrededor del 60 por ciento del total de sus adeudos laborales, conforme a estimaciones legales presentadas durante el proceso concursal, reveló Héctor Mauro Garza Martínez.
El CEO de Grupo Ónix, Business and Legal Services, despacho que representa a diversos acreedores de AHMSA, explicó que dicho porcentaje corresponde a un cálculo global preliminar, sujeto a validaciones judiciales.
Garza Martínez precisó que aún no existe un monto definitivo de lo que se debe a cada trabajador, debido a que la lista de créditos laborales no ha sido autorizada.
Detalló que la audiencia previa fue suspendida porque la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo no había emitido su opinión sobre la relación presentada por el síndico.
Esa lista, elaborada el 27 de junio de 2025, carece todavía de sanción judicial, al faltar el dictamen de la Profedet que valide la veracidad de los créditos laborales.
El juez otorgó un plazo de 15 días a la autoridad laboral para emitir dicha opinión, lo que permitiría reactivar el proceso en los próximos días.
En paralelo, al síndico se le solicitó presentar el calendario completo de la subasta de AHMSA, con fecha límite al 2 de marzo.
El abogado señaló que, si el calendario se cumple estrictamente, podría materializarse el proceso de venta prometido desde hace meses para la empresa siderúrgica.
Sin embargo, advirtió que la subasta no garantiza pagos inmediatos, ya que los recursos obtenidos no se entregan de forma instantánea.
Explicó que el dinero producto de la venta podría dispersarse en pagos diferidos o esquemas graduales, dependiendo de los acuerdos que se establezcan.
Para que los trabajadores cobren, subrayó, es indispensable que el recurso esté disponible en efectivo y conforme a la prelación establecida por la ley.
Respecto a la sustentabilidad del monto estimado, Garza Martínez afirmó que es viable para la base trabajadora, aunque no cubre el total de las prestaciones.
Indicó que en la primera etapa sólo se pagan salarios devengados, caídos, indemnización constitucional y prestaciones consideradas privilegiadas por la ley concursal.
Otras percepciones derivadas del contrato colectivo, catalogadas como extraordinarias, no se cubren en esa primera vuelta de pagos.
Esos conceptos pasan a una segunda fila de créditos laborales, equiparada en algunos casos con acreedores comunes y pagada a prorrata.
El especialista aclaró que muchos trabajadores desconocen si están incluidos en la lista preliminar enviada por el síndico.
Señaló que es indispensable que los empleados verifiquen su situación jurídica, asesorándose con abogados que tengan acceso a la documentación oficial.
Reiteró que la lista difundida no es definitiva y puede modificarse una vez que la Profedet emita su dictamen y el juez la valide formalmente.
Ese dictamen permitirá conocer con certeza quiénes son los acreedores laborales reconocidos y el monto global autorizado para pago.
También se contempla la creación de un fondo para contingencias, destinado a trabajadores que tengan juicios en curso o resoluciones posteriores.
Garza Martínez insistió en que los abogados laboralistas deben informar con claridad a sus clientes sobre lo que legalmente les corresponde.
Finalmente, reiteró que el porcentaje estimado de recuperación es cercano al 60 por ciento, cifra que debe analizarse con cautela para evitar falsas expectativas.