Si excedes tu jornada laboral podrás cobrar horas extra

Los minutos adicionales a tu jornada de trabajo serán acumulables y deberán cobrarse como horas extra

ADN40 - Los minutos adicionales que pases trabajando luego de terminar tu jornada laboral ahora podrán acumularse para cobrarse como horas extra, gracias a un fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.En la sesión del pasado 6 de junio, la secretaria de Estudio y Cuenta, Patricia Penagos, dio a conocer la resolución.Tiempo extraordinario, minutos o fracciones de hora laborados excedentes a la duración de la jornada laboral, son acumulables a la semana, y serán pagados en términos de ley por unidad de hora completa.Debido a esto, la medida tendrá que ser adoptada en todos los juzgados y tribunales de nuestro país.De acuerdo con los artículos 59, 60, 61, 67 y 68 de la Ley Federal del Trabajo, la jornada laboral no puede exceder los máximos legales de ocho horas la jornada diurna; siete horas, la nocturna; y siete horas y media, la mixta.No obstante, puede prolongarse por nueve horas a la semana, siempre y cuando las horas extras se paguen al doble del salario que corresponde la jornada, y el tiempo excedente a nueve horas se pagará al triple que corresponda a las horas de la jornada.


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